La observancia y cumplimiento de la ley estuvo ausente en los actos del Congreso del Estado de Michoacán al pretender imponer al presidente municipal de Buenavista.
Sin bien es claro que la constitución del Estado de Michoacán señala que es facultad del Congreso del Estado nombrar a las personas que han de suplir a los miembros ausentes del Ayuntamiento dicha facultad no es absoluta y su ejercicio debe respetar los requisitos de ley establecidos para garantizar la paz social. Conoce mas
Fuente: Semanario Judicial de la Federación