Así lo confirma la SCJN al señalar que las boletas de infracción que emiten los denominados “vigilantes” o “agentes viales” municipales del estado de Jalisco son nulas debido a que las únicas autoridades competentes en materia de movilidad municipal son los presidentes municipales, por conducto de la dependencia en materia de vialidad y tránsito, su personal operativo y los jueces municipales. Conoce más
Fuente: Semanario Judicial de la Federación