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Cualquier acto de autoridad debe estar fundado y motivado.


Así lo confirma la SCJN al señalar que las boletas de infracción que emiten los denominados “vigilantes” o “agentes viales” municipales del estado de Jalisco son nulas debido a que las únicas autoridades competentes en materia de movilidad municipal son los presidentes municipales, por conducto de la dependencia en materia de vialidad y tránsito, su personal operativo y los jueces municipales. Conoce más


Fuente: Semanario Judicial de la Federación

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